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Qué es el régimen especial de los bienes usados

Llamamos REBU al régimen especial de los bienes usados. 

Cuándo se puede aplicar el régimen especial de los bienes usados

Se aplicará el tipo de régimen impositivo del IVA de aplicación voluntaria a los revendedores siempre y cuando se realicen entregas de bienes usados. Se consideran bienes usados:

No se consideran bienes usados los utilizados, renovados o transformados por el propio sujeto pasivo revendedor o por su cuenta, ni los materiales de recuperación, envases, embalajes, oro, platino y piedras preciosas.

En ningún caso se aplica este régimen especial al oro de inversión.

Cuando podemos aplicar el régimen especial de los bienes usados

Para la aplicación de este régimen, se considera revendedor a:

El artículo 135 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del IVA establece que los sujetos pasivos revendedores podrán aplicar el régimen especial de bienes usados cuando adquieran los bienes a una persona que no tenga la condición de empresario o profesional.

Esto es así ya que para aplicar el REBU los bienes tienen que comprarse a sujetos pasivos que no hayan deducido previamente el IVA en la compra del bien.

 

 

 

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